martes, 29 de abril de 2014

No Habrá Prórroga Para la Declaración Anual 2013: Contadores

*ESTE MIÉRCOLES 30 VENCE LÍMITE


MARY CASTRO / Periodismo Nayarita

Tepic, Nay; abr 29, 2014.-  “Ante la negativa del Servicio de Administración Tributaria, SAT, exhortamos a las personas físicas a cumplir con la obligación de presentar su declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal 2013”, manifestó Sergio Cázarez Santiago, Presidente del IMCP en Nayarit.

“La autoridad hacendaria decidió no extender el plazo para la declaración de  impuestos y la fecha límite vence este miércoles 30 de abril. En caso de incumplimiento habrá recargos y multas que oscilan entre mil 100 y 27 mil 440 pesos”, agregó el líder local del Instituto Mexicano de Contadores Públicos.

Los obligados a presentar la declaración anual son las Personas Físicas que hayan tenido ingresos durante el 2013 por prestación de servicios profesionales, es decir, los que expidieron recibos de honorarios en el 2013; por arrendamiento de bienes inmuebles y por enajenación y adquisición de bienes.

También aquellos que tuvieron ingresos provenientes de Actividades Empresariales y los que hayan tenido ingresos por sueldos y salarios superiores a los 400 mil pesos en el 2013, así como los que hayan obtenido ingresos por salarios de dos o más patrones de manera simultánea.

“En materia de deducciones pueden incluir honorarios médicos, gastos funerarios, pólizas de seguros de gastos médicos mayores, donativos, aportaciones voluntarias a las Afores, intereses reales devengados por créditos hipotecarios y las colegiaturas”, detalló Cazarez Santiago.

“Aquellas personas que creen obtener un saldo a favor durante el cálculo de su declaración, la deben presentar lo antes posible, para que su devolución de impuestos se efectúe de manera inmediata y así poder obtener un flujo de efectivo con el que tal vez no contaban”.

La documentación necesaria para la presentación de la declaración es la constancia de percepciones y deducciones expedida por el patrón, la constancia de intereses reales devengados y la copia del estado de cuenta bancario donde se pueda obtener la CLABE, clave bancaria estandarizada.

Así como los estados de cuenta de inversiones y de bancos en los que se puedan apreciar los intereses o dividendos ganados, la CIECF, que es la clave de identificación electrónica confidencial fortalecida o la FEA o FIEL que es lo mismo y que es la Firma Electrónica Avanzada.


“Podrán presentar su declaración anual en ceros los contribuyentes que no hayan percibido ingresos de los regímenes de Arrendamiento, Intermedio y Honorarios” concluyó el Presidente en Nayarit del IMCP.

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