MINISTROS Y SENADORES ENEMIGOS DE LOS TRABAJADORES…………….. Hace
días tuvimos la oportunidad de viajar a la ciudad de México para participar en
el Foro: “LAS REFORMAS DEL ESTADO Y EL ESTADO DE DERECHO”, que organizó el
Centro Nacional de Promoción Social en el acostumbrado Hotel Emporio. Junto con
mi compañero Cesar Octavio escuchamos con atención la intervención de
excelentes ponentes como el Dr. Víctor Alarcón Olguín, la Dra. Josefina Morales
Ramírez y Manuel Fuentes Muñiz, este último que menciono -Manuel Fuentes-, en
su exposición textualmente declaró que los Ministros de la Suprema Corte de
Justicia y los Senadores se han pronunciado como los principales enemigos de
los trabajadores. “Ya que cuatro ministros de la Suprema Corte de Justicia de
la Nación decidieron violar más a la castigada Ley federal del
trabajo, han de haber dicho, si todos pasan por encima de ella ¿por
qué los ministros no? Y es que estos personajes se basaron en dos litigios
sobre la procedencia del embargo en salarios, uno apoyado en la legislación
civil y otro en la laboral para imponer, a través de una jurisprudencia, los
derechos sagrados de la deuda civil y mercantil, el interés y la usura por
encima de la protección al salario como fruto del trabajo. Con los votos
a favor de los ministros Margarita Beatriz Luna Ramos, José Fernando Franco
González Salas, Luz María Aguilar Morales y Alberto Pérez Dayán el pasado 27 de
marzo aprobaron una tesis en contradicción con el número 422/2013, convertida
en jurisprudencia para permitir el embargo a los salarios. Los más contentos
son los ricos y explotadores banqueros que están más que felices que nunca, por
la decisión de los distinguidos ministros. A los magistrados
simplemente les valió madre que el dinero no ajuste con los míseros salarios
que se pagan en este país y por lo cual muchísimos mexicanos se
endeudan, no por gusto, sino para sobrevivir con lo mínimo. El
patrón tiene prohibido cobrar intereses por deudas de sus
trabajadores. Con esta vergonzosa decisión cualquier acreedor
entrara por la puerta grande de la empresa para cobrar los intereses que quiera
y con protección judicial. El artículo 112 de la ley federal del trabajo dice
con todas sus letras que: “Los salarios de los trabajadores no podrán ser
embargados…” La única excepción de embargo justificable que permite
la ley laboral son las pensiones alimenticias decretadas por la
autoridad. Además el mismo artículo 112 establece que: “Los
patrones no están obligados a cumplir ninguna otra orden judicial o
administrativa de embargo.” El pago de los salarios es además un derecho
preferente sobre cualquier otro “crédito”. Cualquiera que sea el requirente de
créditos, el salario es preponderante en todo tiempo”. Total que les valió
madres pues. Por su parte los senadores no quisieron quedarse atrás y “aprobaron
una propuesta de modificación constitucional
que afecta gravemente a los trabajadores de los organismos descentralizados y
organismos autónomos sujetos al apartado A del artículo 123 Constitucional. Lo
mismo senadores del PRD, independientes y hasta los que se pasaron a Morena,
más los del PRI, del PAN, del Verde, aprobaron con algunos jaloneos, en las
Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales del Distrito Federal, una reforma
que cancela los derechos colectivos de trabajadores de los organismos
descentralizados del Distrito Federal. LOS SENADORES PROPUSIERON ANULAR EL
DERECHO DE HUELGA, LA CONTRATACIÓN COLECTIVA DE TRABAJO REVISABLE CADA DOS
AÑOS, LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES DE CONFIANZA Y LA PRESIÓN PARA UNA
MEJORA DE LOS SALARIOS PARA ESOS TRABAJADORES PÚBLICOS. En un documento de 480
páginas senadores ignorantes de los derechos de los trabajadores de los
organismos descentralizados propusieron trasladarlos, de tajo, al apartado B
del artículo 123 Constitucional. Aunque falta la aprobación del pleno del
Senado, se trata de un grave retroceso que debe ser enmendado de inmediato. En
el caso de los organismos descentralizados del Distrito Federal como el Cuerpo
de Bomberos, el Instituto de Vivienda, Instituto de las Mujeres, Desarrollo
Integral de la Familia, el Instituto de Educación Media Superior, Servicio de
Transportes Eléctricos, el Sistema de Transporte Colectivo Metro, Red de
Transportes de Pasajeros entre los principales, se rigen por el apartado A del
artículo 123 Constitucional, pero eso incomoda a los gobernantes y
legisladores. Este proyecto de reforma política del Distrito Federal de
concretarse sería uno de los golpes más serios para los trabajadores que
laboran en organismos descentralizados del Distrito Federal. Crearía un
precedente muy grave para el resto de trabajadores que laboran en estos
organismos públicos en todo el país. Estás
decisiones que se toman desde los cómodos sillones por funcionarios y políticos
deben revocarse porque son una vergüenza que degrada aún más a esas
instituciones que se llaman de justicia”. ¿Hasta cuándo?.................................. Mi
correo es baquesutsem@hotmail.com
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