miércoles, 12 de febrero de 2014

Por Desconocimiento, el Cierre de Negocios: Contadores

MARY CASTRO / Periodismo Nayarita

Tepic, Nay; feb 13, 2014.-  “Por desinformación respecto a las nuevas disposiciones fiscales algunos comerciantes prefirieron cerrar su establecimiento, darse de baja ante el Servicio de Administración Tributaria, SAT y la secretaria de finanzas del Estado e inclusive irse a la informalidad”,  señaló Sergio Cázarez Santiago, Presidente del IMCP en Nayarit.

“Según algunos dirigentes del sector local empresarial muchos de ellos son pequeños contribuyentes que no están dispuestos a enfrentar los efectos de la Reforma Fiscal que entró en vigor el pasado 1 de enero, que carecen de asesoramiento correcto y que no buscaron el apoyo directo de la autoridad fiscal”, agregó el líder local del Instituto Mexicano de Contadores Públicos.

“La recomendación para los antes Repecos que ahora tributan en el nuevo Régimen de Incorporación Fiscal es solicitar asesoría por parte de la autoridad hacendaria y/o contadores públicos capacitados para continuar sus actividades comerciales y cumplir con las nuevas disposiciones fiscales, que tratar de pagar los impuestos por sí mismos”.

“Los que tributaban en el Régimen de Pequeños Contribuyentes están obligados ahora a dar aviso al fisco de los ingresos y egresos de sus negocios, es decir, a llevar contabilidad, algo que no hacían, para ello el dueño de la tiendita, el taquero, el panadero podrá contratar servicios contables y apoyarse en las herramientas que el SAT ofrece.”

“El registro de sus movimientos les genera una carga administrativa que antes no tenían y ahora lo deben hacer por ley, además de que están obligados a pagar el Impuesto al Valor Agregado, IVA, en caso de que expidan facturas electrónicas, obligación que también se establece en el código fiscal”, agregó Cázarez Santiago.

“La migración de un Régimen a otro conlleva el aprendizaje de nuevas tecnologías y todos los comerciantes tendrán que aprender paulatinamente para realizarlo. Estaban acostumbrados a pagar una cuota bimestral fija a las autoridades hacendarias, sin necesidad de hacer un cálculo de impuestos electrónico de sus egresos e ingresos”.

En relación al recurso de amparo contra impuestos promovidos por algunos empresarios en contra de la Reforma Hacendaria, en el sentido del pago de impuestos que anteriormente no realizaban, como las deducciones de hasta el 53 por ciento en las prestaciones a los trabajadores, “podría ser invalidado”, aclaró.


“El recurso de amparo es un derecho constitucional, sin embargo, eso no indica que los empresarios dejarán de pagar impuestos, la recomendación es que se asesoren y si al finalizar el juicio las autoridades les conceden la razón podrán solicitar la devolución del importe pagado o bien que sea considerado para cubrir futuros cargos”.

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