viernes, 4 de julio de 2014

Julio, mes Para la Primera Declaración de los Contribuyentes del RIF: Cázarez Santiago

MARY CASTRO / Periodismo Nayarita

Tepic, Nay; jul 4, 2014.-  “En este mes de Julio los contribuyentes del nuevo Régimen de Incorporación Fiscal, RIF; deberán, entre otras obligaciones, calcular y enterar el Impuesto Sobre la Renta, ISR, de los primeros seis meses del año” informó Sergio Luis Cázarez Santiago, Presidente del Instituto Mexicano de Contadores Públicos en Nayarit.

“La nueva ley del Impuesto Sobre la Renta, LISR, trae una serie de cambios que ha tomado por sorpresa a los contribuyentes denominados REPECOS o Régimen de Pequeños Contribuyentes, que a partir de enero de este 2014 tributan bajo el Régimen de Incorporación Fiscal, RIF”, agrega Cázarez Santiago.

El pago del ISR es bimestral y se determina en base al total de ingresos obtenidos en el bimestre en efectivo, en bienes o en servicios; menos deducciones autorizadas en la Ley del Impuesto Sobre la Renta, estrictamente indispensables para la obtención de los ingresos.

Menos también erogaciones efectivamente realizadas en el mismo periodo para la adquisición de activos, gastos y cargos diferidos y menos la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, pagada en el ejercicio, en los términos del artículo 123 de nuestra Constitución Política.

Los pagos deberán realizarse a más tardar el día 17 de los meses de marzo, mayo, julio, septiembre, noviembre y enero del año siguiente, mediante declaración a través de los sistemas que disponga el Servicio de Administración Tributaria, SAT, en su página de Internet.

El SAT tiene un simulador para la declaración bimestral del RIF, “sin embargo, la recomendación es que el contribuyente busque la orientación y el apoyo profesional de un contador público si considera que la capacidad del sistema no le permite realizar las declaraciones en tiempo y forma”, señala Cázarez Santiago.


“Los contribuyentes que tributen en el RIF también deben calcular y enterar de manera bimestral y ya no de forma mensual, el Impuesto al Valor Agregado, IVA y el Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, IESPYS”, concluye el presidente local del Instituto Mexicano de Contadores Públicos. 

No hay comentarios:

Publicar un comentario