*CDP Y
CDHAPI SOLICITARON MEDIDAS CAUTELARES ANTE EL ORGANISMO DE LA OEA ANTE GRAVEDAD
DEL CASO
*LA
FEADLE Y MECANISMO FEDERAL CON ACCIONES INEFICACES ANTE AGRAVIOS A PERIODISTAS
REDACCIÓN / Periodismo Nayarita
México, D.F.; ago 7, 2014.- La Comisión Interamericana de Derechos
Humanos (CIDH) solicitó al Estado mexicano adopte las
medidas necesarias “para preservar la vida y la integridad” de las
y los periodistas de la Revista Contralínea, quienes se encuentran “en una
situación de gravedad y urgencia, puesto que su vida e integridad personal se
encontrarían en un estado de riesgo inminente”, dieron a conocer la presidenta
de la Casa de los Derechos de Periodistas (CDP), Judith Calderón Gómez y
el presidente del Centro de Derechos Humanos y Asesoría a Pueblos Indígenas
(Cdhapi), Maurilio Santiago Reyes, organizaciones peticionarias ante el
organismo regional.
Ante la
gravedad y urgencia del caso, ya que la vida e integridad de periodistas de la
Revista Contralínea se encuentran en riesgo, la CIDH decidió solicitar al
gobierno de México adopte dichas medidas, a pesar de que generalmente solicita
información al estado “antes de adoptar una decisión sobre una solicitud de
medidas cautelares, excepto en asuntos como el presente, donde la inmediatez
del daño potencial no permite demoras”.
La CDP
y el CDHAPI, luego de contar con la autorización del periodista Miguel
Badillo Cruz, director de la publicación semanal, conjuntaron esfuerzos para
integrar el expediente jurídico y solicitar medidas cautelares a la CIDH,
acción realizada el día 10 de julio.
El 18
de julio de 2014 el pleno de la CIDH, integrado por Tracy Robinsón
(presidenta), Rose-Marie Belle Antoine (primera vicepresidenta), Felipe
González (segundo vicepresidente) y la comisionada Rosa María Ortíz, los
comisionados Paulo Vannuchi y James Cavallaro, aprobaron dicha solicitud
al Estado Mexicano, mientras que el 30 de julio, la secretaria Ejecutiva
Adjunta Elizabeth Abi-Mershed, notificó tanto al gobierno mexicano como a
los peticionarios.
Tras
analizar “las alegaciones de hecho y de derecho presentadas por los
solicitantes, la Comisión considera que la información presentada demuestra (…)
que los miembros de la Revista Contralínea se encuentran en una situación
de gravedad y urgencia”.
Por
ello, de acuerdo con el Artículo 25 del Reglamento de la CIDH, la
CIDH solicitó a México que adopte medidas cautelares
necesarias “para preservar la vida y la integridad de los periodistas de
la Revista Contralínea, además, concierte las medidas a adoptarse con los
beneficiarios y sus representantes e informe a la Comisión sobre las acciones
adoptadas a fin de investigar los hechos denunciados por este grupo de
periodistas y que dieron lugar a esta medida cautelar y así evitar su
repetición”, recordó el abogado experto el Sistema Interamericano de Derechos
Humanos, Maurilio Santiago Reyes.
En
tanto, el periodista y abogado, Víctor Ruiz Arrazola, quien se desempeña como
Ejecutivo de Protección de la Casa de los Derechos de Periodistas, explicó que
las comisionadas y comisionados estimaron que el requisito de gravedad
requerido para emitir una medida cautelar por la CIDH se encuentra cumplido en
el caso de la Revista Contralínea, al considerar la presunción de
amenazas y actos de violencia que atentarían contra la vida e integridad
personal del personal de esta publicación.
En el
apartado 6 de la referida medida cautelar la CIDH sostiene que la información
aportada “sugiere que varios de los presuntos hechos estarían orientados a
obstaculizar el libre ejercicio de la profesión periodística de los miembros de
Contralínea, en vista de una serie de reportajes e investigaciones sobre la
presunta participación del sector público y privado en la comisión de delitos
relacionados con corrupción, abusos de poder y violaciones de derechos humanos,
entre otros”.
El
organismo internacional de derechos humanos, además, considera que en
adición a las presuntas amenazas, “adquiere particular relevancia los presuntos
saqueos ocurridos recientemente en las instalaciones de la Revista Contralínea,
en los cuales se habría hurtado información importante relacionada con el
trabajo del medio de comunicación”.
Las y
los comisionados consideraron las características específicas de este
caso y el contexto general en el cual se presenta y por ello estimaron “que se
ha establecido prima facie que los derechos a la vida e integridad personal de
los miembros identificados de la Revista Contralínea se encuentran en una
situación de riesgo”.Al analizar el requisito de urgencia, la CIDH considera
que se encuentra cumplido, “en la medida de los recientes presuntos hechos que
habrían ocurrido en las instalaciones de Contralinea y en el domicilio de su
Director, los cuales se enmarcarían en los presuntos antecedentes de violencia
que habrían enfrentado sus miembros y que sugieren que los presuntos
perpetradores conocen sus domicilios.
“En tal
sentido, la continuidad y proximidad de las situaciones de riesgo en el
presunto asunto determinarían la necesidad de una protección inmediata. En este
escenario, la Comisión toma nota, que según los solicitantes, el Estado,
presuntamente habría adoptado ciertas medidas para proteger a los miembros de
Contralínea.
“Sin
embargo, la CIDH observa que, según la información presentada y de conocimiento
público, las medidas presuntamente adoptadas no serían efectivas, en
vista de que no se habría proporcionado un marco de protección eficaz, tomando
en consideración la naturaleza del trabajo de los miembros de Contralínea, la
visibilidad de los reportajes e investigaciones que estarían realizando y los
alegados antecedentes de violencia que habrían enfrentado anteriormente.
Adicionalmente, la Comisión observa que los solicitantes han alegado que
presuntamente no existiría un resultado sobre las investigaciones realizadas,
lo cual podría permitir o estimular la repetición de los presuntos hechos sobre
las investigaciones realizadas, lo cual podría permitir o estimular la
repetición de los presuntos hechos de violencia en el futuro”.
La Casa
de los Derechos de Periodistas y el Centro de Derechos Humanos y Asesoría a
Pueblos Indígenas, consideran de suma importancia resaltar que en cuanto
al requisito de irreparabilidad, la Comisión estima que se encuentra cumplido,
“en la medida que la posible afectación al derecho a la vida e integridad
constituye la máxima situación de irreparabilidad”.
El
gobierno de México, a partir del día 30 de julio tiene 15 días para
informar sobre la adopción de las medidas cautelares acordadas y
actualizar dicha información en forma periódica.
Sin
embargo, en vista de que estas medidas cautelares han sido otorgadas sin
haber solicitado previamente información al Estado, “la comisión revisará está
decisión después de haber recibido los primeros informes de ambas partes”.
FEADLE
y Mecanismo Federal con acciones ineficaces ante agravios a periodistas de
Contralínea .
La CIDH
consideró que a pesar de que periodistas y directivos de Contralínea
denunciaron “todos los hechos ante la Fiscalía Especial para la Atención de
Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión”, la averiguación previa por
los ataques sistemáticos a Contralínea (…) “no ha tenido resultado alguno.
“Al
respecto, los solicitantes sostienen que FEADLE no habría mostrado la eficacia
necesaria para que los supuestos agravios y crímenes se investiguen a fondo, y
se ponga a disposición de la autoridad judicial competente a los presuntos
responsables. En este sentido, los solicitantes subrayan que la impunidad
exacerbaría el clima de agresividad en contra de periodistas de Contralínea”.
Sobre
el Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y
Periodistas, la CIDH, presume que no habría efectuado “una evaluación de
riesgos revisada y autorizada por su junta” –hasta antes del 18 de julio
de 2014—a favor de los beneficiarios. Asimismo, “los solicitantes afirman que
se habrían dictado algunas medidas urgentes, pero que no se aplicaron
adecuadamente” para proteger a los propuestos beneficiarios. Por ejemplo,
sostienen que: i) cuatro cámaras de video que se habrían instalado en las
instalaciones de Contralínea habrían funcionado “hasta el mes de abril pasado”;
y ii) la “vigilancia policiaca” no habría sido eficiente, en vista de los
presuntos hechos ocurridos el 24 de junio de 2014.
Final
del formulario
Para mayor información, comunicarse con:
Víctor Ruiz Arrazola
Ejecutivo de Protección
Casa de los Derechos de Periodistas
Tel. Cel. 5511304940
Maurilio Santiago Reyes
Presidente de Cdhapi
Tel. Cel. 9512531334
Correo electrónico:
cedhapi_asociacion@yahoo.com.mx