CONVIVENCIA vs
CONVENIENCIA
Según la Real Academia Española, el término convivencia se refiere
a la acción de convivir, es decir, vivir en compañía de otros u otras, sean
personas o seres vivos.
La misma fuente precisa que conveniencia es la correlación y
conformidad de dos cosas distintas, una utilidad o provecho, o bien, un acomodo
de alguien para servir (laborar) en una casa.
Por su parte, Alfonso Trulls, periodista y escritor, hablar de
soledad en sociedad o vivir solo pero rodeado de gente es del huraño, de la
soledad del insociable, de lo que
verdaderamente hablan sin saberlo. “Los humanos somos seres sociales desde la
cuna, aunque haya algún que otro espécimen que se encargue de demostrarnos que
esa condición se rompe, desgraciadamente para él. La convivencia es necesaria e innata a la
sociedad y por lo tanto deberíamos tratar de perfeccionarla con afables y
pragmáticas actitudes en el día a día. Un
asunto francamente difícil para algunos, para casi todos constituye una
agradable obligación tenaz en su ejercicio y mejora.
“Uno
tiene la arraigada creencia de que la buena convivencia, tanto en sociedad como
en pareja, debe estar basada en la incondicional aceptación de la otra persona,
de su manera de ser, aceptando las cojeras que ésta pueda mostrar en su
comportamiento, de la misma forma que aquella admite las nuestras. Se debe
evitar por todos los medios -no es fácil- el solipsismo, ya saben, encerrarse
en el yo e interesarse sólo por lo que pueda afectar e interesar únicamente a
nuestra persona y a nuestros intereses”.
Lo
comentarios anteriores vienen a colación, luego de que una armoniosa plática
con un amigo se tornó más que interesante, toda vez que según él, “el primo de
un amigo” tenía una situación un tanto cuanto diferente a lo tradicional. Resulta que aquella persona en comento, de
oficio albañil tiene algunos años de casada, es el sostén de la familia y entre
sus deberes se halla el económico, que debe cumplir con una entrega semanal de
mil pesos. Hasta ahí, todo aparentemente
normal.
Este
asunto da un giro de varios grados centígrados, porque cuando de intimidad se
trata, la aportación semanal debe ser modificada; es decir, si desea tener sexo
con su esposa, con quien está casado ‘por las tres’ (civil, religiosa y por
‘endejo) entonces las reglas cambian; es entonces que debe hacer “una
aportación económica extra”, ya que de otra manera ‘no hay de piña’.
Luego
viene la duda obligada: el primo de tu amigo tiene necesidades sexuales que
debe satisfacer y que de alguna manera podría hacerlo con cualquier otra
persona que así lo desee, toda vez que está ‘pagando’ por ello; ¿pero qué hay
de la mujer del primo de tu amigo?
Vuelve a
dar otro brusco giro el asunto y salió a relucir una amiga en común, entre la
esposa del primo del amigo y el amigo de un servidor, que era quien estaba
comentando esta situación matrimonial ajena:
“Ella, la
esposa del primo de mi amigo tiene una amiga en común, quien en más de una
ocasión me ha comentado que tiene ‘amigos’ con los cuales satisface esa
necesidad, y por eso viste y calza muy bien”.
¿Y qué
dice el primo de tu amigo sobre su situación matrimonial, de esa convivencia
por conveniencia; y peor aún: qué diría si supiera que su esposa tiene ingresos
extras que no concuerdan con la aportación semanal que lleva a casa el marido?
“Ese es
otro problema… él sabe de esas zapatillas, vestidos y demás lujos de la esposa
y sólo calla”.
No cabe
duda, le comentamos por nuestra parte, que todo cambia en esta vida; hasta la
forma de convivir en pareja ya no es lo mismo que antes…
LAS NUEVAS
SOCIEDADES
En esta segunda década del siglo 21, surgen nuevos modelos de
convivencia: las familias encabezadas por dos personas del mismo sexo. En algunos países ya es muy común, en otros
apenas se están adaptando, mientras que hay lugares del globo terráqueo donde
aún no lo han considerado.
En Nayarit, por ejemplo, ya ha habido varios enlaces civiles entre
personas del mismo sexo; una boda religiosa y ya se planea hacer una boda
masiva en la entidad nayarita.
Estas denominadas “sociedades de convivencia”, que no es lo mismo
que ‘de conveniencia’, al legalizarse, al conseguir que una autoridad diga que
este tipo de uniones son buenas para la sociedad, se habrá conseguido que una
cierta forma de vida es buena para el hombre; así lo describe René Lankenau en
un artículo signado por él, donde trata este tema con más desenvolvimiento:
¿Hay algo que nos diga qué debe ser legal y qué
no? ¿O cualquier cosa puede ser legalizada?
Si atendemos a principios de derecho natural –
por ejemplo, a lo que decía Platón – estaríamos de acuerdo en que lo bueno debe
ser legal y lo malo ilegal. Es decir, aquello que es bueno para el hombre es lo
que tiene que ser legal, y lo que le hace daño es lo que tiene que ser ilegal,
¿o nos equivocamos? Así, hacer ejercicio debe ser legal, porque le hace bien al
hombre. Utilizar drogas debe ser ilegal porque le hace mal al hombre. Por lo
tanto, si un estado quiere decir qué considera correcto y qué considera
incorrecto, solamente tiene que determinar su legalidad. Ahora bien, la
Asamblea Legislativa del Distrito Federal acaba de aprobar una iniciativa de
ley para legalizar las "Sociedades de Convivencia". La finalidad de
regularizar estas "sociedades" es que cualquier pareja - o cualquier
grupo de personas - independientemente de su sexo, puedan unirse legalmente en
una figura equiparable al matrimonio. Cabe destacar que desde hace mucho tiempo
esto no es ilegal. No hay ninguna norma que prohibiera la cohabitación de
parejas homosexuales o de grupos de personas. Sin embargo, quienes impulsan
esta iniciativa alegan que es necesario que la legislación vigente reconozca
este tipo de uniones “para ofrecerles un mayor nivel de seguridad jurídica”.
Pero, ¿será realmente
necesaria una ley especial para tutelar los derechos de estas personas? Y es que lo que ellos NO nos
dicen es que nuestra legislación actual YA contaba con los medios para proteger
los derechos de estas personas. Así, si alguien quiere dar un marco legal a una
unión de este tipo, puede constituir una sociedad civil o una asociación civil,
u obligarse por medio de un contrato innominado que establezca derechos y
obligaciones para ambas partes, siempre que su objeto sea lícito.
En sí, tratamos de que usted, amable lector, analice cómo es que
nuestra sociedad ha ido evolucionando, cómo los principios y valores que
probablemente formaron parte de su cimentación, de su proyecto de vida, han ido
cambiando, evolucionando también, o simple y llanamente ya no existen o no son
importantes para algunas personas.
Como en el caso inicialmente señalado, donde una mujer casada
exige a su marido que le debe aportar más dinero al gasto, si quiere ‘que le
cumpla’ a su marido… En honor a la verdad, un servidor nunca se hubiera
imaginado tal situación, al menos no en un matrimonio hecho y derecho; tal vez,
y sólo tal vez, entre parejas sin este compromiso matrimonial, y que justamente
no exista una afectividad, un cariño o un sentimiento para la pareja con quien
se convive, independientemente si esta convivencia sea permanente o ‘de vez en
cuando’…
¿Habrá escuchado en alguna ocasión de los ‘amigos con
derechos’? También es un rubro que
entraría en estas convivencias por conveniencia…
** MIEMBRO FUNDADOR DE FRECONAY, A.C.**
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