*TENDRÁ IMPLICACIONES PENALES, PERO TAMBIÉN FISCALES
MARY CASTRO / Periodismo
Nayarita
Tepic, Nay; jul 18.- “La ley federal para la prevención e
identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita entró en
vigor este miércoles 17 de julio con el objetivo de prevenir e identificar
actos u operaciones con recursos de procedencia ilícita, y tendrá implicaciones
penales y también en el ámbito fiscal”, informó a medios de comunicación
Eduardo Ruelas Gutiérrez, abogado fiscalista.
“Esta ley, cuya aplicación corresponderá a la Secretaría de Hacienda y a
la Procuraduría General de la República va dirigida a instituciones
financieras, y a las personas físicas y morales que realicen o participen en
actos u operaciones que la ley llama “actividades vulnerables”.
“Dentro de las que se contemplan la comercialización de vehículos nuevos
o usados, los servicios de construcción o para desarrollo inmobiliario,
la comercialización e intermediación de metales, joyas u obras de arte,
pagos relacionados con sorteos, concursos o apuestas, los préstamos que
realicen personas diversas a las instituciones financieras, la recepción de
donativos y operaciones de arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles, entre
otros”.

Cuando la operación rebase ciertos montos, el vendedor o prestador del
servicio tendrá además la obligación de informar a Hacienda sobre la operación
realizada, so pena de ser sancionados en caso de que no se presente el aviso o
que los datos aportados tanto por el comprador o el vendedor sean falsos o
inexactos. A estas multas la ley les da el carácter de créditos fiscales, esto
es, exigibles por parte de Hacienda.
Ruelas Gutiérrez ejemplificó que para operaciones de ventas de
vehículos, nuevos o usados, la identificación del cliente será a partir de 207
mil pesos, pero cuando la operación sea superior a 415 mil pesos se tendrá
también que informar a Hacienda.
Para el caso de operaciones de compraventa de inmuebles, poderes,
préstamos, aportaciones de capital y constitución de sociedades, los prestadores
de servicios y fedatarios públicos tendrán también la obligación de identificar
al cliente e informarlo a Hacienda.
“Destaca la prohibición que la ley establece para pagar en efectivo las
operaciones de compraventa de casas, terrenos, automóviles, joyas, rifas o
sorteos y la compra de acciones, cuya restricción entrará en vigor el próximo
mes de octubre, una vez que se expida el reglamento de esta ley”, concluyó el
abogado fiscalista y también Presidente de la Federación Occidente de Coparmex.
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